Términos y condiciones
El presente documento contiene el Acuerdo de los Términos y Condiciones que son aplicables para todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras que accedan, utilicen y se suscriban a los servicios prestados por SIGUE-e en Ecuador, a través de su portal web www.sigue-e.com.
Condiciones Generales
Todo uso, acceso y transacciones de los USUARIOS en la PÁGINA WEB, generan obligaciones jurídicas por los servicios prestados por SIGUE-e y se rigen por las POLÍTICAS. En caso que existan TÉRMINOS Y CONDICIONES ESPECIALES para la adquisición de un SERVICIO, sean estas determinadas por el PROVEEDOR, constarán en la PÁGINA WEB o en un link para el efecto, y prevalecerán sobre las POLÍTICAS aquí establecidas. El USUARIO acepta expresamente los TÉRMINOS Y CONDICIONES al momento de crear el PERFIL en la PÁGINA WEB o antes de realizar su COMPRA
Capacidad para contratar
Los servicios prestados a través de la PÁGINA WEB www.sigue-e.com deberán ser utilizados exclusivamente por personas con capacidad legal para contratar y obligarse y cumplir con las POLÍTICAS. El uso de dichos servicios por personas que no cuenten con esta capacidad serán de exclusiva responsabilidad de sus padres, representantes, curadores, tutores o apoderados
Modificaciones a los términos y condiciones
Los TÉRMINOS Y CONDICIONES podrán ser actualizados o modificados por en cualquier momento. En caso de que se actualicen o modifiquen los TÉRMINOS Y CONDICIONES, informará de ello a través de un aviso general en la PÁGINA WEB www.sigue-e.com, con lo cual el USUARIO al acceder y utilizar la PÁGINA WEB acepta los TÉRMINOS Y CONDICIONES vigentes a esa fecha.
Uso de la página web y medios de pago
Uso de la página web y medios de pago El USUARIO podrá acceder y realizar COMPRAS en la Página Web una vez que haya cumplido lo establecido en lo descrito en párrafos anteriores de este documento, dentro de los TÉRMINOS Y CONDICIONES vigentes a la fecha de la COMPRA. Al momento de realizar el pago por un SERVICIO para que este sea enviado al usuario, solicitará la información necesaria para cumplir con el envío del SERVICIO y pondrá a elección del USUARIO los medios de pago disponibles para la COMPRA. Por seguridad del USUARIO, requiere la información de tarjetas de crédito o débito para cada COMPRA y no almacena esta clase de información de los USUARIOS, por lo que no se hace responsable de cualquier infracción o violación de la información del USUARIO por parte de terceros. En caso de que el USUARIO no hubiere realizado el pedido del SERVICIO y la Institución Financiera hubiere autorizado la compra, el USUARIO deberá notificar inmediatamente a para que no realice la entrega del SERVICIO. Si la COMPRA fue ya pagada a través de una tarjeta de crédito/ débito y no fue notificada de ninguna irregularidad en el uso de dicho medio de pago, entregará el SERVICIO y no será responsable por el mal uso del medio de pago. Cualquier reclamo referente a este deberá hacerse directamente al banco emisor. El método PAGO CONTRA ENTREGA no es aplicable para la provincia de Galápagos.
Promociones y utilización de cupones
podrá realizar promociones sobre los SERVICIOS, incluyendo la emisión de cupones. Las promociones serán publicadas en la PÁGINA WEB www.sigue-e.com, enviadas al USUARIO por correo electrónico o promocionado en medios o canales distintos a la PÁGINA WEB. Toda promoción o cupón deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Contener un Código generado por SIGUE-e
- Ingresar el Código dentro del plazo de validez de la promoción
- Se aplicarán condiciones específicas de cada promoción
- No se aplicará con otras promociones ni descuentos
- No se aplicará, ni acumulará con otros cupones
Garantía de Servicio
El USUARIO que tenga inconvenientes con los SERVICIOS adquiridos en la PÁGINA WEB www.sigue-e.com, podrán solicitar a el contacto del PROVEEDOR para solucionar los inconvenientes en el SERVICIO. Los Términos de Garantía serán emitidos por el PROVEEDOR y enunciado junto al SERVICIO.
Legislación aplicable
Los TÉRMINOS Y CONDICIONES se regirán conforme las leyes del Ecuador.
Territorio
Los TÉRMINOS Y CONDICIONES y los servicios ofrecidos por son aplicables exclusivamente en el territorio ecuatoriano.
Cláusula Arbitral
Las PARTES convienen que, si surgiere entre ellas cualquier disputa, controversia o reclamo, generados o relacionados con la celebración, validez, ejecución o terminación de este Acuerdo, (identificada como “CONTROVERSIA”), las PARTES tratarán de resolver la CONTROVERSIA amistosamente, mediante consultas y negociaciones informales durante un plazo de quince (15) días contados desde la fecha en que una de las PARTES notifique a la otra sobre la CONTROVERSIA surgida. Las PARTES renuncian a su jurisdicción ordinaria, y podrán acudir a los mecanismos de conciliación establecidos en la el Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Quito, de conformidad con lo contemplado por la Ley de Arbitraje y Mediación del Ecuador y los reglamentos de dicho Centro. Si dentro del indicado plazo de quince (15) días o cualquier ampliación del mismo que las PARTES convengan por escrito dentro del indicado proceso de consultas y negociaciones, las PARTES no pudieren resolver la CONTROVERSIA por mutuo acuerdo entre ellas, convienen en que cualquiera de ellas podrá someter la CONTROVERSIA a un Tribunal de Arbitraje (“Tribunal Arbitral”) constituido con sujeción a las estipulaciones de la presente Cláusula, el que será el único y exclusivo foro competente para la resolución en Derecho de las CONTROVERSIAS. Por tanto, las PARTES, en cualquier proceso arbitral iniciado según este Acuerdo o en cualquier procedimiento para el reconocimiento o ejecución de un laudo arbitral expedido de conformidad con este Acuerdo no podrán alegar en su defensa la falta de competencia del tribunal arbitral o foro pertinente, cuestionando la competencia exclusiva y excluyente del tribunal arbitral o foro pertinente para la solución de CONTROVERSIAS o la ejecución de laudos arbitrales. El arbitraje se procesará según las siguientes estipulaciones acordadas en esta Cláusula: El Tribunal Arbitral estará integrado por tres árbitros. Cada PARTE designará un árbitro, mediante comunicación escrita dirigida al Director del Centro hasta cinco días plazo después de la suscripción del Acta que certifique la imposibilidad parcial o total de mediación –sin perjuicio de hacerlo al momento de proponer la demanda, o al contestar la demanda, según el caso; los dos árbitros así designados a su vez designarán al tercero, quien presidirá el Tribunal. En caso de que dentro del plazo antes indicado alguna de las partes omitiere designar un árbitro, el Director del Centro procederá a realizar la designación de dicho árbitro mediante sorteo de la lista de árbitros del Centro. Los dos árbitros designados, ya sea por las partes o por sorteo en el caso antes mencionado, designarán al tercero, tal como se estipula más arriba. Una vez posesionado el segundo árbitro, y a partir de esa fecha, los árbitros tendrán diez días de plazo para designar al tercero; si no logran ponerse de acuerdo en dicho plazo, el Director del Centro procederá a realizar la designación por sorteo, en la forma antes mencionada. Si ninguna de las partes designa árbitro, el Director del Centro procederá a integrar el Tribunal siguiendo las reglas del Centro. Si ninguna de las partes designa su árbitro o propone objeciones al momento de dentro del plazo ya indicado, se entenderá que renuncia a su derecho a la designación u objeción, según el caso, pero conservará el derecho a impugnar las designaciones hechas por las causas de excusa o recusación previstas en la Ley. El Tribunal Arbitral efectuará un arbitraje en Derecho y está facultado para adoptar las medidas que sean necesarias, incluyendo órdenes dirigidas a la Fuerza Pública, sin que sea necesario recurrir a juez alguno. El procedimiento arbitral será confidencial; El lugar de arbitraje será en las instalaciones del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito. La nulidad del Convenio o de cualquiera de sus cláusulas no afectará la validez de esta cláusula arbitral. En lo no previsto anteriormente, se aplicarán las normas de la Ley de Arbitraje y Mediación, y las reglas expedidas por el Centro.